El Seguro Social está aquí para ayudar a millones de personas a asegurar su presente y futuro al proporcionar beneficios y protección financiera. Continuamos protegiendo la integridad de nuestros programas de discapacidad asegurándonos de tomar la decisión correcta en cada reclamo. Sin embargo, si no está de acuerdo con
la decisión sobre su reclamo, puede solicitar una apelación para que se revise su caso.
¿Cómo puedo apelar la decisión que tomó el Seguro Social sobre mi reclamo?
Por lo general, hay cuatro niveles de apelación. Si no está satisfecho con la decisión de un nivel, puede apelar en el próximo nivel.
Los niveles de apelacion son:
1. Reconsideración: Una reconsideración es una revisión completa de su reclamo por parte de alguien que no participó en la primera decisión. Examinamos toda la evidencia presentada en la determinación original, y cualquier evidencia nueva.
2. Audiencia: Si no está de acuerdo con la decisión en el nivel de reconsideración, puede solicitar una audiencia. Un juez de derecho administrativo, que no participó en la decisión original, ni en la reconsideración de su caso, lleva a cabo la audiencia.
3. Revisión del Consejo de Apelaciones: Si no está de acuerdo con la decisión de la audiencia, puede solicitar una revisión por parte del Consejo de Apelaciones del Seguro Social. El Consejo de Apelaciones analiza todas las
solicitudes de revisión. decidirán si existe o no una razón Ellos para regresar su caso al juez para una revisión adicional.
4. Revisión por la Corte Federal: Si no está de acuerdo con la decisión del Consejo de Apelaciones, y como último nivel en el proceso de apelación, puede presentar una demanda en una corte de distrito federal.
Para informarse mejor sobre cómo apelar una decisión, visite nuestra página de internet en www.segurosocial.gov/beneficios/incapacidad/apelar.html.
¿Cuándo debo presentar mi apelación?
Si denegamos su reclamo, tiene 60 días a partir de la fecha del aviso para presentar una apelación. La forma más fácil y rápida es presentar su solicitud de apelación por internet en www.segurosocial.gov/beneficios/incapacidad/apelar.html.
Aquí es donde puede enviar electrónicamente documentos relacionados. También puede llamar a su oficina local del Seguro Social o al 1-800-772-1213 y oprimir 7 para español para obtener los formularios. Puede encontrar su oficina local en www.ssa.gov/locator (aunque el localizador de la oficina local solo está disponible en inglés, solo necesita ingresar su código postal para encontrar la oficina local más cercana).
¿Necesito un representante legal para presentar una apelación?
No se requiere un representante legal o abogado para presentar una apelación. Depende completamente de usted decidir si desea elegir nombrar a un abogado o un representante legal autorizado. Puede elegir que alguien lo ayude con su apelación o lo represente. Su representante legal puede ser un abogado u otra persona calificada familiarizada con usted y el programa del Seguro Social. Trabajaremos con su representante tal como lo haríamos con usted. Can actuar por usted en la mayoría de los trámites del Seguro Social y recibir una copia de cualquier decisión
que tomemos sobre su reclamo.
Si necesita que revisemos su caso, visite www.segurosocial.gov/beneficios/incapacidad/apelar.html, o llame al 1-800-772-1213 y oprima 7 para español. Por favor, comparta esta información con su familia y
amigos.
LOS VETERANOS Y PERSONAS QUE FORMAN PARTE DEL SERVICIO MILITAR
ACTIVO: ¡EL SEGURO SOCIAL LE RESPALDA!
El Día de los Veteranos es el viernes 11 de noviembre de 2022. Cada año en este día, honramos a todos los veteranos que sirvieron a nuestra nación y arriesgaron sus vidas para protegernos.
Nuestra pagina de internet guerreros heridos (militares heridos) es un recurso importante para los militares que regresan a casa con heridas. Si conoce a un veterano herido, por favor, comparta nuestra página de internet guerreros heridos (militares heridos) es www.ssa.gov/woundedwarriors (solo disponible en inglés).
La página comparte información sobre nuestros beneficios de Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI, por sus siglas en inglés) para veteranos, que incluyen:
- Cómo se diferencian los beneficios de SSDI y los del Departamento de Asuntos de Veteranos, y cómo requieren solicitudes separadas.
- Cómo aceleramos el proceso de reclamos por incapacidad del Seguro Social para las personas que forman parte del servicio militar. Si desarrolla una discapacidad mientras están en el servicio militar activo en, o antes del, 1 de octubre de 2001, pueden presentar un reclamo por discapacidad sin importar dónde está la discapacidad.
- Respuestas a preguntas sobre el Seguro Social.
Si las personas que forman parte del servicio militar en servicio activo no pueden trabajar debido a un padecimiento incapacitante, y obtendrán pagos mientras están en un hospital o con licencia médica, deben considerar solicitar SSDI. El estatus de servicio activo y el recibir pago militar no impiden no obstante el pago de los beneficios de SSDI.
Nuestras páginas de internet son fáciles de compartir en las redes sociales y por correo electrónico con su familia y amigos. Considere compartir esta información con cualquier persona que la pueda necesitar.
EL SEGURO SOCIAL SE SIENTE AGRADECIDO DE SERVIRLE
El Día de Acción de Gracias es un momento para reflexionar sobre las bendiciones que tenemos en nuestras vidas y para compartir recuerdos con nuestros seres queridos. Estamos agradecidos porque podemos brindarle a usted ya su familia servicios, beneficios, herramientas e información para ayudar a lo largo del sendero de la vida.
El Seguro Social es más que un programa para jubilación. Brindamos servicios que ayudan a muchas familias en los EE. UU. Estamos presentes en momentos felices, como el nacimiento de su hijo y la emisión de su primera tarjeta de número de Seguro Social. Estamos allí en tiempos difíciles y tragedias para brindar beneficios por incapacidad, cónyuges y sobrevivientes. También estamos con usted para acompañarle a celebrar su jubilación.
Estamos aquí para servirle por internet, por teléfono y en persona en nuestras oficinas locales. Puede informarse mejor en https://blog.ssa.gov/seguimos-comprometidos-a-servirle (Solo disponible en inglés). Por favor, comparta esta información con cualquier persona que la pueda necesitar. ¡Felices fiestas!
NUEVAS FECHAS DE COMIENZO DE LA COBERTURA DE MEDICARE PARTE B EN 2023
Vendrán cambios el próximo año para la fecha que comience la cobertura de Medicare Parte B.
Qué no cambiará:
Si tiene derecho a los 65 años, su período de inscripción inicial (IEP, por sus siglas en inglés):
- Comienza tres meses antes de que cumpla 65 años.
- Incluye el mes que cumple 65 años.
- Termina tres meses después de que cumpla 65 años.
Si su inscripción a Medicare Parte B comienza automáticamente, o si se inscribe durante los primeros tres meses de su IEP, su cobertura comenzará el mes en que tenga derecho por primera vez. Si se inscribe el mes en que cumple 65 años, su cobertura comenzará el primer día del mes siguiente. Esto no cambiará con la nueva regla.
Qué está cambiando:
Desde el 1 de enero de 2023su cobertura de Medicare Parte B comienza el primer dia del siguiente mes después de que se inscribe, si se inscribe durante los últimos tres meses de su IEP.
Antes de que este cambio se implemente, si se inscribió durante los últimos tres meses de su IEP, su cobertura de Medicare Parte B comenzó dos o tres meses después de que se inscribiera.
Si no se inscribe en Medicare Parte B durante su IEP, tiene otra oportunidad cada año durante el Período de inscripción general (GEP, por sus siglas en inglés). El GEP está abierto desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo. A partir del 1 de enero de 2023, su cobertura comienza el primer día del mes después de que se inscriba.
Puede informarse mejor sobre estas actualizaciones en nuestra página de internet de Medicare en www.segurosocial.gov/beneficios/medicarey accesando nuestra publicación de Medicare en www.ssa.gov/pubs/ES-05-10943.pdf.
Por favor, comparta esta información con cualquier persona que la pueda necesitar.
CONCIENTIZACION SOBRE EL SEGURO SOCIAL Y LAS ESTAFAS
Las estafas de impostores en contra del Seguro Social estan muy extendidas en los EE. UU. Los estafadores usan tácticas extremas y dirigidas para engañarlo y convencerlo para que información confidencial o dinero.
La Oficina del Inspector General (OIG, por sus siglas en inglés) del Seguro Social ha recibido informes de estafadores que crean versiones falsas de las tarjetas de identificación que la mayoría de los empleados federales usan para acceder a los edificios federales. Los estafadores pueden enviar fotos de credenciales falsas por mensaje de texto o correo electrónico para convencer a las posibles víctimas de su legitimidad. Estas credenciales utilizan símbolos del gobierno, palabras, e incluso nombres y fotografías de personas reales, las cuales están disponibles en los sitios de internet del gobierno o mediante búsquedas en internet.
Si recibe una carta, mensaje de texto, correo electrónico o llamada sospechosa, cuelgue el teléfono o no responde la llamada. Queremos que sepa cómo identificar a un estafador y evitar convertirse en una víctima.
Nosotros NUNCA:
- Enviaremos textos o correos electrónicos con imágenes de la identificación oficial de un empleado del gobierno.
- Suspenderemos su número de Seguro Social.
- Amenazaremos con arresto u otra acción legal si no paga inmediatamente una multa o una tarifa.
- Solicitaremos un pago con tarjeta de regalo, transferencia bancaria, dinero electrónico o en efectivo por correo.
- Prometeremos un aumento de beneficios u otra asistencia a cambio de un pago.
- Envíe cartas o informes «oficiales» que contengan su información personal por correo electrónico.
Solo enviamos mensajes de texto si ha optado por recibir nuestros mensajes de texto, y solo en situaciones limitadas, incluyendo las siguientes:
- Cuando se haya suscrito para recibir actualizaciones y notificaciones por mensaje de texto.
- Como parte de nuestra seguridad mejorada al acceder a su cuenta personal mi Seguridad Social.
Si nos debe dinero, le enviaremos una carta con opciones de pago y derechos de apelación.
Lo alentamos a denunciar sospechas de estafas de impostores en contra del Seguro Social, y otros fraudes en contra del Seguro Social, en el sitio de internet de la OIG en oig.ssa.gov/espanol. Puede leer nuestros avisos anteriores sobre fraude en contra del Seguro Social en oig.ssa.gov/news-releases (solo disponible en inglés). Por favor, comparta esta información con su familia y amigos para ayudar a crear conciencia sobre las estafas de impostores en contra del Seguro Social.