Algunos vecinos de la comunidad de la Estancia El Durazno, ubicada en la Ruta D43, al límite con Las Cardas e Higueritas, hicieron llegar al diario El Día su molestia contra el proceder del Ministerio de Bienes Nacionales ante la regularización de terrenos, esto enmarcado en el Decreto Ley N°2695, para resguardar derechos de terceros en relación con la regularización de la pequeña propiedad raíz.
En relación a esto, Fran Molina, uno de los propietarios que integran la Estancia El Durazno, recordó que en la comunidad deben ir alrededor de 20 procesos de saneamiento irregular, añadiendo que “el último de 6 procesos a nuestro haber, que eventualmente de 5 a 6 años, terminó el año pasado, favorablemente para nosotros, ya que la Corte de Apelaciones de La Serena concluyó que no correspondían los 3 saneamientos irregulares”.
Además de esto, el afectado alegó que “si bien la ley es clara en decir que hay un plazo para oponerse, lo que nos genera mayor problema es que cuando Bienes Nacionales descubre que hay un saneamiento irregular, no para el problema, sino que lo transmite al Poder Judicial”.
En apoyo a esto, Molina sostuvo que “defender nuestro derecho es un proceso caro y lento, porque tenemos que demostrar en largos juicios -muchas veces ante la Corte Suprema- que somos los dueños mediante las inscripciones vigentes, los pagos de contribuciones y testigos, al contrario de quienes se apropian de nuestros terrenos, a quienes solo les basta con decir que viven pacíficamente en el lugar por más de 5 años”.
Lo más desgastante para Molina es que tienen que estar siempre alerta, ya que en su caso, “ni siquiera nos avisaron, tuvimos que ir muchas veces a Bienes Nacionales para ver quienes estaban regularizando nuestros terrenos, cosa contraria a lo que dice la ley, donde se exige que se avise por correo”.
Para Molina también es importante recalcar que “si bien en algunos casos este decreto permite el saneamiento de personas que son propietarias de terrenos pequeños, también permite el funcionamiento de bandas que se dedican a la ocupación ilegal de terrenos”.
Por su parte, José Tapia, otro de los propietarios que integran la Estancia El Durazno, relató que “a comienzos de este año desistimos de seguir intentando recuperar las 3 hectáreas que nos usurparon, porque su valor comercial era mucho más bajo que lo que nos costaban todos los trámites para defender el caso”.
Tapia agregó esto que “en mi caso, cuando comenzaron a sanear usaron un rol distinto, que correspondía a los terrenos de otra persona, pero cuando hicieron los planos aparecieron nuestro rol, la que imagino fue la razón por la que nunca nos notificó desde Bienes Nacionales”.
“Esta es una ley que tiene muchas irregularidades y parece que Bienes Nacionales no usa las herramientas para comprobar que se cumplen los 5 años de ocupación que exige la ley, además hay personas que usan testigos falsos, acuden a amigos en las Juntas de Vecinos, y se declaran en una situación económica precaria, para usar los recursos del Estado a través de la Corporación, en cambio los dueños tenemos que pagar abogados, receptores judiciales y peritajes que pueden salir hasta 3 millones de pesos, los que pueden que ni siquiera sean considerados por el Juez”, defendió el afectado.
Al ser consultado por este tema, el Seremi de Bienes Nacionales de la Región de Coquimbo, Marcelo Salazar explicó que “la solicitud de regularización debe ser para una pequeña propiedad raíz, lo que según la ley y el avalúo del Servicio de Impuestos Internos, es de un máximo de 800 UTM en el sector rural y 380 UTM en el área urbana”.
El seremi también indica que para dar curso a la regularización de títulos de dominio, las personas deben cercar y ocupar pacíficamente el terreno que quieren regularizar, por más de 5 años, lo que puede ser comprobado, entre otros documentos, por el certificado emitido por la Junta de Vecinos.
Ahondando en esto, el seremi también dijo que a partir de septiembre del 2018 con la modificación al Decreto N°2695, -Ley N°21108-, se exige que “las personas que quieran regularizar un terreno presenten el Certificado de Informaciones Previas emitidas por la Dirección de Obras de la comuna y el Certificado de Litigios emitido por el Conservador de Bienes Raíces, ya que de lo contrario, el expediente quedará inmediatamente cerrado”.
Cabe agregar que desde Bienes Nacionales, también se exige la entrega del Certificado de Informes Previos de la Municipalidad.
Salazar agregó a esto que antes de la modificación del 2018, era posible que los dueños no se enteraran de que alguien estaba tratando de regularizar sus terrenos, por lo que “esto sirve a modo de protección de los propietarios, ya que con esta información Bienes Nacionales les notifica la situación a través de Correos de Chile y así pueden oponerse”.
Sumado a esto, se tiene que desde Bienes Nacionales se hacen las publicaciones correspondientes en el Diario Oficial y en los diarios regionales.
“Cuando alguien se opone, inmediatamente cerramos el expediente y entregamos los antecedentes al Juzgado, para que se determine si la persona que está regularizando cumple con los requisitos”, puntualizó el seremi.
Por otra parte, el abogado y profesor de derecho constitucional en la Universidad del Alba, Edgar Malebrán explicó que “el Decreto Ley N°2695 es emanado netamente del Ejecutivo, pero como nació durante la dictadura de Augusto Pinochet, se le dió el rango de ley, y esto es importante porque, al regular el derecho de propiedad, que es un derecho constitucional, debería ser regulado por una ley propiamente tal -y no por un decreto- por lo que la génesis no democrática de esta norma la vuelve políticamente ilegítima ”.
Sumado a esto, Malebrán reveló que “a este decreto se le conoce coloquialmente como decreto ley ladrón, porque se sabe que se ha prestado para permitir que ciertas personas se queden con propiedades con requisitos mucho menores a los establecidos por regla general”.
“En ese contexto creo que es importante que se de una reforma legal mediante una discusión democrática como corresponde, ya que el cambio de leyes de la dictadura es fundamental, sobre todo si se está pensando en cambiar la Constitución”, remató Malebrán.
Es importante mencionar que el Decreto Ley N°2695, solo considera la regularización de propiedades privadas, por lo que cuando se trata de terrenos públicos, la solicitud queda automáticamente descartada.
Ante cualquier duda respecto a este tema, los interesados pueden dirigirse a la oficina de la Seremi de Bienes Nacionales, ubicada en Arturo Prat 255, en La Serena y en Miguel Aguirre 335, Oficina 401, Ovalle, o escribiendo al correo consulta4@mbienes. cl o llamando a los teléfonos indicados en la página bienesnacionales.cl