Las y los trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)) tienen un registro de todas las semanas trabajadas desde que empieza su vida laboral. Saber cuántos días y cómo han sido pagados es importante al momento de solicitar la baja por jubilación ya que con base en esta información se obtuvo el monto total del dinero que se recibirá.
Las y los trabajadores dados de alta en el IMSS hacen una aportación al instituto semanalmente en conjunto con el patrón y el Gobierno Federal conocido como aportaciones tripartitas o semanas cotizadas, las cuales sirven para recibir pensión por vejez, discapacidad o por ser beneficiario de una persona asegurada que haya perdido la vida
Para saber las semanas cotizadas tiene una persona afiliada al IMSS es necesario saber en qué régimen está inscrito. Actualmente solo existen dos formas por las cuales se puede jubilar o pensionar:
-Régimen de 1973: Si comenzaste a cotizar antes del 1° de julio de 1997
-Régimen de 1997: Si comenzaste a cotizar a partir del 1° de julio de 1997
De acuerdo al régimen del 73, también conocido como ley del 73, los inscritos en esta forma pueden recibir su monto de pensión de forma vitalicia, es decir que dura hasta la muerte. El monto se calcula con base a las semanas cotizadas por el o la trabajadora y con el promedio salarial de los últimos 5 años.
En la ley del 73 se necesita tener un mínimo de 60 años cumplidos, y tener al menos 500 semanas cotizadas y reconocidas por el IMSS, es decir un mínimo de 10 años trabajados.
Las y los inscritos en la ley del 97 no recibirán una pensión vitalicia como los del 73, sino que adquirieron una aportación de acuerdo a lo acumulado en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore). En esta forma de pensión es necesario tener al menos mil 250 semanas cotizadas, alrededor de 25 años de vida laboral.
Para saber en qué régimen se está inscrito es necesario consultar el estado de cuenta del Afore o con el número de Seguridad Social.
De acuerdo con el portal del Instituto Mexicano del Seguro Social las semanas reconocidas para el otorgamiento de las prestaciones se obtuvo dividiendo entre siete los días de cotización acumulados, hecha esta división, si existiera un sobrante de días mayor a tres, éste se considerará como otra semana completa, no tomándose en cuenta el exceso si el número de días fuera de tres o menor.
Para solicitar la constancia de las semanas cotizadas es necesario ingresar a la página oficial del IMSS, en la cual se requiere ingresar la Clave Única de Registro de Población (CURP) y el Número de Seguridad Social (NSS).
Para solicitarla de forma presencial es necesario acudir a la Subdelegación que te corresponda, de lunes a viernes en días hábiles del IMSS de 8:00 a 15:30 horas. El trámite no tiene ningún costo ya sea requerido de forma presencial o en línea y solo podrá ser solicitado por la persona titular de la cuenta.
En caso de que el asegurado(a) cuente con las semanas necesarias para realizar el trámite de una pensión, deberá realizar su solicitud en la Unidad de Medicina Familiar de su adscripción.
También en la página del Sistema de Semanas Cotizadas del IMSS se podrá consultar el historial del trabajador y sus distintos patrones a partir del año 1982.
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