En lo que va del 2022 la Seremi de Bienes Nacionales Aysén ya ha tramitado exitosamente
50 títulos de dominio.
Coyhaique.- Seis nuevos propietarios de la comuna de Coyhaique fueron convocados por la Seremi de Bienes Nacionales a compartir un desayuno, oportunidad en la que recibieron las carpetas con las escrituras públicas, ya inscritas en el Conservador de Bienes Raíces, documentación definitiva que acredita legalmente la propiedad sobre un inmueble.
Esta actividad, como describe la Seremi Irina Morend Valdebenito, permite conocer a los usuarios más allá de los antecedentes expuestos en un expediente de tramitación. “Hemos convocado a un nuevo grupo de usuarios, que han culminado exitosamente el proceso de saneamiento, para conocerlos, compartir sus historias de vida y saber cómo han habitado en la región. El saneamiento es una exclusiva del Ministerio de Bienes Nacionales y nos faculta, a través de un Decreto Ley, a regularizar la propiedad raíz en propiedad privada”, explicó la autoridad.
Nuestros usuarios
Sonia Medina, quien regularizó su sitio ubicado en la Población Pedro Aguirre Cerda de Coyhaique, nos contó lo complejo que le resultó esclarecer la posesión de su terreno, “después de haber caminado tanto logré recibir mi título que tanto esperé, tuve miedo de perderlo y gracias a Bienes Nacionales pude recuperar mi sitio”.
Al igual que Sonia, Judith Contreras de Villa Frei, experimentaron por mucho tiempo en la incertidumbre, ya que no tenían certeza de que lo que compraron podría ser reclamado por otra persona. “Nosotros compramos, pero no usamos el título, estuvimos siempre muy pendientes de que alguien más reclame nuestro terreno, por suerte la persona que nos vendieron fue justa, logrando a través de la Seremi ser dueños definitivamente”.
Saneamiento de la propiedad raíz (labor de la Unidad de Regularización de la Seremi de Bienes Nacionales)
El Ministerio de Bienes Nacionales, dentro del ejercicio de sus competencias administrativas, se encuentra facultado para la aplicación del procedimiento de saneamiento de la posesión y constitución del dominio de la pequeña propiedad raíz que se encuentra establecido en el Decreto Ley N° 2.695, de 1979 , respecto de aquellas personas naturales o jurídicas que carezcan de títulos de dominio o los tengan imperfectos, aplicándose tanto en casos de propiedades urbanas como rurales.
¿Cómo se origina la irregularidad?
Cuando se produce una transferencia mal realizada o inconclusa, es decir, existe un título, pero éste es imperfecto.
Ejemplos:
➢ Se firma una escritura de compraventa privada o la venta se realiza por un simple acuerdo de palabra.
➢ Simple situación de hecho: posesión material de un inmueble sin documento o título que la avale.
➢ Resultado: Existe un poseedor material pero jurídicamente no es dueño.
¿Cuáles son los requisitos para ingresar al proceso de regularización (Persona Natural)?
1.- Posesión material del inmueble por al menos 5 años, de forma pacífica, continua y exclusiva.
2.- Acreditación de no existencia de juicio pendiente.
4.- Avalúo máximo de 380 UTM para inmuebles urbanos, y 800 UTM para inmuebles rurales.
5.- Delimitación clara de los deslindes de la propiedad.
6.- Existencia de actos de posesión (pago de contribuciones, cercado, plantaciones, siembras, construcciones elaboradas, etc.).